miércoles, 18 de abril de 2007

Lucro - ¿qué lucro?

Soy cofundador de un colegio de tipo "Montessoriano" en una ciudad donde solamente hubo establecimientos muy tradicionalistas y/o ligados a determinadas confesiones religiosas. Para nosotros fue “o hacemos algo propio o nos vamos”, y encontramos otras familias en la misma situación. Juntos, hemos usado la libertad de enseñar para crear un colegio nuevo. Durante 10 años ha sido “particular pagado” y –en teoría- podría haber sido con lucro; pero los costos del sistema pedagógico que hemos elegidos son altos, y de hecho nunca nos hicimos ricos.
Pero sí necesitábamos personas particulares dispuestas a invertir en el colegio; estas personas han “congelado” parte de su dinero para que el colegio pueda comprar terreno, construir y comprar equipamiento. ¿Será justo que ellos no tengan ni la utilidad que significa una libreta de ahorro en un banco? Nosotros creemos que no. Tienen un derecho a compensar la renuncia a usar su dinero para otros fines.
La posibilidad teórica de lucrar nos ha hecho posible usar la libertad de enseñar – y somos la esperanza de unos 100 estudiantes en nuestra ciudad. No podríamos haber partido de otra forma.
Ahora nos convertimos en “particular subvencionado”, con el efecto que el colegio puede servir también a familias que no pueden pagar un “particular pagado”.
Nos ha costado 10 años de esfuerzo llegar al estado actual, con fines prioritariamente pedagógicos, pero sin demonizar o prohibir la idea de lucro. Si el Artículo 44 de la nueva Ley General de Educación nos imposibilita seguir en nuestra senda, podríamos optar por reconvertirnos en “particular pagado”, y pierden a lo menos las familias que solamente se pudieron participar gracias a la subvención. O encontramos que de esta forma, no podemos seguir, cerramos y todos pierden – las familias, los empleados y los accionistas. Efecto lateral: la calidad promedio de la educación en nuestra ciudad bajaría.
Creo que la idea detrás del artículo es más bien que el lucro no debería ser la única o principal aspiración de un colegio. Pero la formulación actual – si bien contiene muchos aspectos razonables – al decir “cuyo objeto social único sea la educación”, pone en peligro muchas iniciativas buenas. Por lo tanto debería modificarse.

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