jueves, 24 de mayo de 2007

La educación - ¿un juego del ultimátum?

El actual proyecto de Ley General de Educación contempla que los sostenedores de establecimientos educacionales que reciban aportes estatales, deban ser “con fines únicamente educacionales”, entiéndase “sin fines de lucro”. Esto, naturalmente, ha desatado un debate apasionado al nivel de todo el país. Dentro de todas las posiciones, son particularmente frecuente dos que se oponen:
no se debe permitir que los establecimientos particulares subvencionados (a ellos se dirige el Artículo 44) realicen lucro;
si no se permite el lucro, buena parte de los capitales privados en educación (que han permitido el auge de los colegios particulares subvencionados) se retirarán y dejará de existir un tipo de colegio que ha sido una opción educacional para una parte importante de las familias en Chile.
¿Cómo decidirse “racionalmente” entre posiciones tan diferentes? Puede ayudar considerar un “juego” que los economistas han inventado para estudiar la manera como las personas deciden hacer ofertas y aceptarlas o rechazarlas. Se trata del “juego del ultimátum” y funciona de la siguiente manera.
Tomemos dos personas, y démosles US$100 para repartir. La primera persona debe proponer un arreglo y proponérselo a la segunda persona. La segunda persona debe aceptar o rechazar la oferta; al aceptar, automáticamente cada uno se queda con el monto propuesto por la primera persona, pero al rechazar, se anula todo y ambas personas tendrán US$0.
¿Qué hará la primera persona? Si le importa solamente el dinero, debe proponer “US$99 para mi, US$1 para ti”, ya que para la segunda persona tener US$1 es mejor que tener nada, por lo cual deberá aceptar. ¿Qué le parece el trato?
Muchas prueba de laboratorio se han hecho con este juego, y en general las personas reales ofrecen arreglos un poco más generosos; depende un poco de si los jugadores se conocen o no, y suele ser una oferta como “US$70 para mi, US$30 para ti”. Se piensa que las personas reales saben que en la vida, no se reduce todo a un instante y jugar muy egoístamente puede conducir a castigos posteriores.
Volvamos ahora al caso de la educación en Chile. “Te abro un colegio que cuesta menos que un particular pagado pero que tendrá más que una escuela pública, pero me guardaré una parte arbitraria del dinero como utilidad – acéptalo o recházalo.” Ahora ¿qué va a decir usted? ¿Lo tomará o lo dejará?
¿Dónde está la frontera entre tomar y dejar en este caso? ¿Cuánto lucro estamos dispuestos a tolerar en cambio de mantener la opción de los particulares-subvencionados?

martes, 24 de abril de 2007

¿Y la familia?

Según la constitución y la ley vigente en Chile, la familia tiene el derecho de elegir la educación de sus pupilos. Según el Artículo 4 de la LGE proyectada, corresponde “a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos”. Al “derecho” se agrega el “deber”, correctamente.
Cada niño nace en una familia – que no puede elegir – y mucho de su conducta es influenciado por lo que hace y no hace la gente en esta familia. Por esta razón, los estudios encuentran que un porcentaje apreciable del resultado escolar obedece más a la influencia de la familia que la del establecimiento escolar.
Si es así, ¿es razonable pensar que el problema de la calidad de los aprendizajes puede ser resuelto exclusivamente en el sistema escolar? ¿No sería esencial interesarse por la “calidad de la familia”?
Mirémoslo desde la relación familia-establecimiento. ¿Qué porcentaje de las familias considera que el aprendizaje es responsabilidad exclusiva de la escuela o del colegio y a lo más preguntan por las notas? ¿Qué porcentaje hace del aprender y del estudio una actividad de familia, rica y enriquecedora? ¿Qué porcentaje usa el establecimiento más bien como un estacionamiento para sus niños? ¿Qué porcentaje de los niños en edad escolar recibe un trato empático, goza de confianza y expectativas positivas?
Entonces, ¿no debería Chile mirar más de cerca el problema del desarrollo de las familias, desde su implicancia en el aprendizaje? ¿Por qué la LGE dice lo que se espera de los establecimientos, pero no de las familias? ¿Por qué el MinEduc no se ocupa de las familias (en el contacto de un marco legal)?
Existen familias que cumplen muy bien su rol en relación con el aprendizaje, y a veces les resulta constituir grupos, en el contexto de determinados establecimientos. ¿Qué deben hacer cuando se les acerca una familia nueva que da evidencias de una actitud adversa? ¿No tendría el derecho de imponer reglas mínimas o, cuando esto no opera, negarse a incorporar esta familia?
¿No sería que – visto bajo este ángulo – la “selección” se refiere a la familia y no por el rendimiento intelectual sino que por el contexto conductual y de actitudes? ¿Y que un establecimiento que desea cumplir su rol de velar por el bien de sus estudiantes, debería permitir esta función de protección?
Todos sabemos que la mayoría de los establecimientos escolares en Chile, no logran generar buenos resultados. Pero ¿cuánto de esto es atribuible a las familias? Y si es una proporción elevada, ¿es razonable presionar a los establecimientos por lo que es causado por las familias? Si muchas familias no dan un contexto favorable, pero presionamos a los establecimientos, éstos últimos tienen una razón más para protegerse.
Creo que, de modo urgente, cada papá y cada mamá en Chile, debe revisar su manera de cumplir con su deber de papá/mamá y su grado de logro. Y creo que es urgente poner este tema en la mesa.

jueves, 19 de abril de 2007

Igualdad de reglas y equidad en el sistema escolar

El proyecto de Ley General de la Educación reconfirma la ambición de lograr equidad en el sistema escolar. Además de constatar que tenemos un problema con la equidad, debemos analizar si esta ley tiene chances de disminuir la desigualdad. Una de las dificultades tiene su raíz en los incentivos a los actores y en la desigualdad de las reglas de juego.
Si fuera Usted apoderado de unos niños en edad escolar y no tuviera restricción de presupuesto, entonces pondría sus pupilos en el mejor establecimiento disponible. Sería un colegio particular pagado, ya que obtienen los mejores resultados y tienen prestigio. Si fuera Usted director de un colegio particular pagado y con demanda creciente, probablemente sentiría la tentación de subir los precios. Y probablemente haría ofertas atractivas a los profesores que le gustaría tener en su establecimiento. Si fuera Usted profesor, estaría sensible a las condiciones de trabajo que se les ofrecen en los diversos establecimientos. Y probablemente estaría dispuesto de cambiarse al que ofrece las mejores condiciones.
En el “mercado educacional”, participan apoderados, directores y profesores, y cada uno busca lo mejor para el. Se creía que si se da libertad a los actores – especialmente la libertad de las familias para elegir al establecimiento para sus pupilos – entonces la competencia entre los establecimientos generaría un sistema escolar mejor: más opciones y más eficiencia, y calidad si el estado vela por ella. Así lo argumentó Milton Friedmann en un artículo influyente del año 1955.
Chile atrajo la atención del mundo al reformar su sistema escolar de acuerdo a estas ideas. Sin embargo, más de 25 años después de municipalizar y liberalizar la educación escolar, investigadores chilenos y extranjeros no logran establecer evidencias de una mejora substancial de la calidad y la equidad empeoró.
Esto tiene varias razones. Una de ellas tiene que ver con la concentración de familias socio-culturalmentre favorecidas y buenos profesores en unos pocos establecimientos. Sabemos que los niños de familias socio-culturalmente favorecidas tienen mejores condiciones de partida y obtendrán mejores resultados. Si además se generan cursos con un alto porcentaje de estos alumnos, se genera un efecto de red favorable. Agreguemos a esto los mejores profesores, y veremos que es fácil obtener altos resultados. Al mismo tiempo, en otros establecimientos hay escasez de buenos compañeros y de buenos profesores.
Si unos establecimientos pueden cobrar libremente, su precio excluirá a muchas familias y selecciona las socio-culturalmente favorecidas. Luego el efecto de los mismos alumnos dará nuevas ventajas a este colegio. Al mismo tiempo, los ingresos mayores se pueden usar para atraer los mejores profesores, “levantarlos” a los establecimientos con menos presupuesto. Así se obtiene otra ventaja más, nuevamente al detrimento de los otros establecimientos. Ambas ventajas – alumnos y profesores – son ciclos virtuosos para este colegio y ciclos viciosos para los demás.
Estos procesos existen porque cada uno de los actores busca su mejor posibilidad, no solamente en Chile. Pero en Chile existen condiciones desiguales que refuerzan el proceso. Los presupuestos de las familias son muy desiguales, creando segmentos muy cerrados que limitan severamente la libertad de elección. La calidad de los profesores es muy desigual, y en consecuencia hay escasez de buenos profesores. Las posibilidades de dotarse de dinero para atraer a los mejores profesores (y otros recursos valorados por las familias) son desiguales entre los diferentes tipos de establecimiento escolar. Este último punto adquiere su importancia de los primeros dos. En conjunto, significan que la forma actual de competencia entre establecimientos – donde no rigen las mismas reglas para todos los jugadores – facilita la concentración o bien la falta de equidad.
No pensemos en eliminar la tendencia de los actores a buscar su mejor posibilidad. Pero sí se puede dejar de facilitar y acentuar la creciente desigualdad. A titulo de ejemplo, dos preguntas. ¿Porqué no hay igualdad de reglas entre todos los establecimientos en lo que es ingreso por tipo de alumno? Así el tamaño del presupuesto familiar y escolar no amplifica la tendencia a concentrarse. ¿Porqué no hay un esquema nacional de remuneración de profesores (conectado con el sistema de evaluación)? Así los profesores elegirán su establecimiento según otras consideraciones que la remuneración.
Lamentablemente, el proyecto de Ley General de la Educación no se propuso enfrentar este aspecto. En consecuencia, conviene ser escéptico en cuanto a su potencial de generar más equidad en el sistema escolar. Conviene especialmente preguntar por las “reglas del juego” que asegurarían igualdad de reglas suficiente para que un sistema escolar descentralizado pueda tender hacia la mejora de la calidad y la reducción de la desigualdad. Porque una cosa es comprender porque la actual propuesta no funcionará, pero otra cosa es tener que dar una solución.
Los niños y las niñas en Chile se merecen un sistema escolar bien diseñado, y la experiencia del Transantiago indica que este tipo de sistema descentralizado no es fácil de diseñar. Es un asunto de la ciudadanía, donde no corresponde la usual pelea entre los bloques de partidos políticos. Si la nueva ley falla, de poco ayuda sería tener a quien culpar, ya que ello no repara los daños. Dejemos de lado los dogmas y seamos pragmáticos.

(“The role of government in education”, descargable en http://www.eco.utexas.edu/facstaff/Cleaver/350kPEEFriedmanRoleOfGovttable.pdf)

Igualdad de reglas y calidad/equidad

En los sistemas descentralizados, donde los actores individuales deben tomar sus decisiones y la “mano invisible” coordina, es importante que a todos los actores se apliquen las mismas reglas. Bajo este argumento – por ejemplo – se reorganizó el sistema universitario para permitir a las universidades privadas de acceder a los mismos mecanismos de financiamiento.
Lamentablemente ni el informe final de la comisión asesora, ni el proyecto de Ley, contemplan establecer igualdad de reglas entre los establecimientos privados y públicos (con aporte estatal): los particulares pagados pueden cobrar lo que quieren y seleccionar sus estudiantes (incluso no se les discute el derecho de lucro). Esto tiene efectos nefastos.
1. Si algunos establecimientos tienen mayor libertad de acceder a recursos financieros (mediante el cobro), tienen mayor facilidad de adquirir o atraer recursos. No solamente recursos materiales, sino que especialmente docentes. En Chile hay escasez de buenos profesores en varios sectores. Entonces los particulares-pagados no tienen solamente las familias más favorecidas, sino que también los mejores profesores (quitándoles a los demás establecimientos). Mientras no haya una regulación que evita este juego de atracción, la desigualdad de reglas juega en contra de la calidad en muchos establecimientos y por lo tanto en contra de la equidad.
2. La imposibilidad de filtrar resulta en la incorporación forzosa de los rechazados del mundo particular-pagado en los establecimientos con aporte estatal. Si hubo razones académicas válidas para que el establecimiento A rechace un candidato, entonces va a producir un efecto negativo en los demás establecimientos. Ello reforzará la desventaja de los que no son particulares pagados. El efecto será una deterioración en el promedio de la calidad de los establecimientos “de abajo” y una ampliación de la desigualdad entre ellos y los particulares pagados.
3. El precio de los particulares funciona como un seleccionador que restringe la libertad de elección de las familias con recursos económicos insuficientes.
El rol del estado incluye asegurar la igualdad de reglas para todos los actores. El proyecto de Ley debe ser revisado bajo este punto de vista.

miércoles, 18 de abril de 2007

Lucro - ¿qué lucro?

Soy cofundador de un colegio de tipo "Montessoriano" en una ciudad donde solamente hubo establecimientos muy tradicionalistas y/o ligados a determinadas confesiones religiosas. Para nosotros fue “o hacemos algo propio o nos vamos”, y encontramos otras familias en la misma situación. Juntos, hemos usado la libertad de enseñar para crear un colegio nuevo. Durante 10 años ha sido “particular pagado” y –en teoría- podría haber sido con lucro; pero los costos del sistema pedagógico que hemos elegidos son altos, y de hecho nunca nos hicimos ricos.
Pero sí necesitábamos personas particulares dispuestas a invertir en el colegio; estas personas han “congelado” parte de su dinero para que el colegio pueda comprar terreno, construir y comprar equipamiento. ¿Será justo que ellos no tengan ni la utilidad que significa una libreta de ahorro en un banco? Nosotros creemos que no. Tienen un derecho a compensar la renuncia a usar su dinero para otros fines.
La posibilidad teórica de lucrar nos ha hecho posible usar la libertad de enseñar – y somos la esperanza de unos 100 estudiantes en nuestra ciudad. No podríamos haber partido de otra forma.
Ahora nos convertimos en “particular subvencionado”, con el efecto que el colegio puede servir también a familias que no pueden pagar un “particular pagado”.
Nos ha costado 10 años de esfuerzo llegar al estado actual, con fines prioritariamente pedagógicos, pero sin demonizar o prohibir la idea de lucro. Si el Artículo 44 de la nueva Ley General de Educación nos imposibilita seguir en nuestra senda, podríamos optar por reconvertirnos en “particular pagado”, y pierden a lo menos las familias que solamente se pudieron participar gracias a la subvención. O encontramos que de esta forma, no podemos seguir, cerramos y todos pierden – las familias, los empleados y los accionistas. Efecto lateral: la calidad promedio de la educación en nuestra ciudad bajaría.
Creo que la idea detrás del artículo es más bien que el lucro no debería ser la única o principal aspiración de un colegio. Pero la formulación actual – si bien contiene muchos aspectos razonables – al decir “cuyo objeto social único sea la educación”, pone en peligro muchas iniciativas buenas. Por lo tanto debería modificarse.

martes, 17 de abril de 2007

Matrícula por sorteo

El Artículo 11 especifica que una eventual sobre-demanda se resolverá por sorteo. La asignación por sorteo conducirá a quebrar grupos de estudiantes que proyectan ir a un establecimiento juntos, quita posibilidades de elección a las familias (no menos que “primero llegado se matricula primero” o una regla según la cercanía geográfica) y conducirá a múltiples postulaciones (cosa de asegurarse a llegar en alguna parte). La primera consecuencia es una crueldad innecesaria. La segunda deshace la justificación de la regla del sorteo por encima de otras reglas. La tercera conducirá a inflar la demanda (y la necesidad de sortear) en el momento de postular y desinflarla una vez los sorteos hechos: una inestabilidad en el sistema que es indeseable (y no es necesaria). Por lo tanto, aún si uno se opone a la selección, el sorteo no es la mejor forma de proceder; por lo tanto, hay que modificar el proyecto en este punto.

Libertad de contrato y selección

El Artículo 11 se refiere a que los establecimientos con aporte estatal deban recibir a todos los postulantes en la medida de cupos autorizados. Veo varios problemas asociados a esto. Los primeros dos derivan de que cada familia tiene el derecho de buscar lo mejor por sus pupilos. El tercero es una consecuencia derivada.

  1. Se ponen en peligro los cursos. Cada estudiante se desempeña en el contexto de un grupo de pares. Este grupo debería ser representativo de la sociedad, una micro-sociedad. Entonces no hay problemas de tener compañeros discapacitados o de diferentes capas sociales: esto permite prepararse al mundo “verdadero” y posibilita aprendizajes importantes. Pero cuando la incorporación de nuevos “miembros” a un curso va más allá de esta “normalidad”, entonces pone en peligro el bien de los demás miembros. Estos últimos deben tener la posibilidad de decir “no”; este principio también se conoce como la “libertad de contrato” y es uno de los pilares de nuestra civilización. El peligro de destruir el clima de trabajo del curso es real y no veo como esto ayudaría a mejorar la calidad o la equidad (más allá de ser igualmente injusto). Personalmente, mi hija mayor se cambió ya dos veces de colegio porque ya no toleraba el clima caótico de su curso – ya no podía trabajar y no quiso perder su tiempo.
  2. Se ponen en peligro ciertos proyectos educativos. Hay proyectos educativos que requieren de ciertos compromisos por parte de las familias. Ejemplo concreto: soy co-fundador de un colegio de orientación “Montessori”; en nuestro medio, muchas familias creen que es para niños con problemas, pero no es así. Impusimos una “opción familiar” que obliga a las familias interesadas de tener todos sus niños en este colegio (o ninguno), para evitar convertirnos en repositorio de niños con problemas. Impusimos una prueba de admisión que evalúa si un estudiante nuevo tiene el potencial de integrarse en su curso o si será una perturbación. De no poder mantener estas dos reglas, se nos quita la posibilidad de mantener nuestras operaciones acorde a nuestro proyecto educativo. La consecuencia sería que unos 100 niños y niñas pierden “su” colegio – el único no-tradicional en nuestra ciudad.
  3. En consecuencia de los dos puntos previos, la calidad promedio baja, tanto al nivel de los cursos como al nivel de establecimientos enteros. Esto no puede ser la intención del proyecto de Ley; por lo tanto, hay que modificar el proyecto en este punto.

Definir “calidad” y “equidad”

El proyecto de LGE establece en Artículo 3 universalidad, la calidad y la equidad como los tres primeros objetivos de la educación en Chile. Es importante definir lo que se quiere decir no solamente por “universalidad”, sino que también con “calidad” y “equidad”.

Propongo definir “equidad” como “ausencia de diferencias de calidad entre los tipos de establecimientos, entre los establecimientos y entre los estudiantes dentro de un establecimiento”. “Calidad” sería “ajuste satisfactorio de lo que un establecimiento hace con lo que su proyecto y sus planes y programas prometen”. (¡Deben existir exigencias mínimas en cuanto a los proyectos institucionales y planes y programas, para evitar que algunos establecimientos prometan poco y lo logren! Pero el aseguramiento de calidad es otro tema.)

Si algún día habrá equidad entre los establecimientos, las familias no deberían elegir según la calidad, sino que según el proyecto y los planes y programas. En este entonces, cuando los establecimientos públicos tendrán la misma calidad que los particulares pagados, solamente una preferencia por cierto tipo de proyecto (religioso u otras consideraciones culturales) justificaría la decisión de no estar en un establecimiento “gratuito”. En este entonces, los particulares – subvencionados o no – tendrán que resistir a una verdadera competencia, y lo del lucro ya no será un gran tema.

Pero este día queda en un futuro lejano. Primero, hay que transformar el Chile educacional sin equidad, es decir con calidad muy dispareja, en otro Chile. En este contexto debe ser visto el proyecto de Ley.

Entonces: ¿qué significan “calidad” y “equidad”?

Invitación a participar

El futuro del sistema educacional es un asunto importante para todo ciudadano. No es un tema para dejarlo al mundo de los políticos: ellos pelean por poder gobernar. Nosotros tenemos que luchar por nuestros hijos, nuestros nietos, nosotros mismos. El proyecto de Ley General de Educación tiene muchos elementos positivos. Pero también tiene elementos que, de dejarlos como se proponen en el actual proyecto, amenazan con generar efectos indeseados. No es un asunto que el Gobierno este equivocado a la oposición tenga la razón, ni que durante la época de Pinochet se desarmó la educación; no se trata de tener la razón, ni de tener el poder. Se trata de no dejar de ayudar a evitar que la nueva Ley contenga Artículos que pronto se revelarían como errores.

Podemos ayudar planteando incoherencias y consecuencias de forma objetiva y específica. Podemos ayudar con propuestas de modificación.

Para que una contribución sea un aporte, debe referirse a un o varios de los Artículos del proyecto de Ley y explicar exactamente una o varias consecuencias indeseables; más allá, también puede sugerir una modificación y explicar exactamente cómo se evitaría la consecuencia indeseable.