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jueves, 24 de mayo de 2007

La educación - ¿un juego del ultimátum?

El actual proyecto de Ley General de Educación contempla que los sostenedores de establecimientos educacionales que reciban aportes estatales, deban ser “con fines únicamente educacionales”, entiéndase “sin fines de lucro”. Esto, naturalmente, ha desatado un debate apasionado al nivel de todo el país. Dentro de todas las posiciones, son particularmente frecuente dos que se oponen:
no se debe permitir que los establecimientos particulares subvencionados (a ellos se dirige el Artículo 44) realicen lucro;
si no se permite el lucro, buena parte de los capitales privados en educación (que han permitido el auge de los colegios particulares subvencionados) se retirarán y dejará de existir un tipo de colegio que ha sido una opción educacional para una parte importante de las familias en Chile.
¿Cómo decidirse “racionalmente” entre posiciones tan diferentes? Puede ayudar considerar un “juego” que los economistas han inventado para estudiar la manera como las personas deciden hacer ofertas y aceptarlas o rechazarlas. Se trata del “juego del ultimátum” y funciona de la siguiente manera.
Tomemos dos personas, y démosles US$100 para repartir. La primera persona debe proponer un arreglo y proponérselo a la segunda persona. La segunda persona debe aceptar o rechazar la oferta; al aceptar, automáticamente cada uno se queda con el monto propuesto por la primera persona, pero al rechazar, se anula todo y ambas personas tendrán US$0.
¿Qué hará la primera persona? Si le importa solamente el dinero, debe proponer “US$99 para mi, US$1 para ti”, ya que para la segunda persona tener US$1 es mejor que tener nada, por lo cual deberá aceptar. ¿Qué le parece el trato?
Muchas prueba de laboratorio se han hecho con este juego, y en general las personas reales ofrecen arreglos un poco más generosos; depende un poco de si los jugadores se conocen o no, y suele ser una oferta como “US$70 para mi, US$30 para ti”. Se piensa que las personas reales saben que en la vida, no se reduce todo a un instante y jugar muy egoístamente puede conducir a castigos posteriores.
Volvamos ahora al caso de la educación en Chile. “Te abro un colegio que cuesta menos que un particular pagado pero que tendrá más que una escuela pública, pero me guardaré una parte arbitraria del dinero como utilidad – acéptalo o recházalo.” Ahora ¿qué va a decir usted? ¿Lo tomará o lo dejará?
¿Dónde está la frontera entre tomar y dejar en este caso? ¿Cuánto lucro estamos dispuestos a tolerar en cambio de mantener la opción de los particulares-subvencionados?

miércoles, 18 de abril de 2007

Lucro - ¿qué lucro?

Soy cofundador de un colegio de tipo "Montessoriano" en una ciudad donde solamente hubo establecimientos muy tradicionalistas y/o ligados a determinadas confesiones religiosas. Para nosotros fue “o hacemos algo propio o nos vamos”, y encontramos otras familias en la misma situación. Juntos, hemos usado la libertad de enseñar para crear un colegio nuevo. Durante 10 años ha sido “particular pagado” y –en teoría- podría haber sido con lucro; pero los costos del sistema pedagógico que hemos elegidos son altos, y de hecho nunca nos hicimos ricos.
Pero sí necesitábamos personas particulares dispuestas a invertir en el colegio; estas personas han “congelado” parte de su dinero para que el colegio pueda comprar terreno, construir y comprar equipamiento. ¿Será justo que ellos no tengan ni la utilidad que significa una libreta de ahorro en un banco? Nosotros creemos que no. Tienen un derecho a compensar la renuncia a usar su dinero para otros fines.
La posibilidad teórica de lucrar nos ha hecho posible usar la libertad de enseñar – y somos la esperanza de unos 100 estudiantes en nuestra ciudad. No podríamos haber partido de otra forma.
Ahora nos convertimos en “particular subvencionado”, con el efecto que el colegio puede servir también a familias que no pueden pagar un “particular pagado”.
Nos ha costado 10 años de esfuerzo llegar al estado actual, con fines prioritariamente pedagógicos, pero sin demonizar o prohibir la idea de lucro. Si el Artículo 44 de la nueva Ley General de Educación nos imposibilita seguir en nuestra senda, podríamos optar por reconvertirnos en “particular pagado”, y pierden a lo menos las familias que solamente se pudieron participar gracias a la subvención. O encontramos que de esta forma, no podemos seguir, cerramos y todos pierden – las familias, los empleados y los accionistas. Efecto lateral: la calidad promedio de la educación en nuestra ciudad bajaría.
Creo que la idea detrás del artículo es más bien que el lucro no debería ser la única o principal aspiración de un colegio. Pero la formulación actual – si bien contiene muchos aspectos razonables – al decir “cuyo objeto social único sea la educación”, pone en peligro muchas iniciativas buenas. Por lo tanto debería modificarse.